
- Número de Identificación Tributaria (NIT): es un certificado que el contribuyente debe solicitar una vez obtenido el RIF; tienen vigencia de 3 años y es intransferible. Este documento no se esta suministrando a los contribuyentes desde hace 4 años, debido a que se coloco en circulación el RIF como registro único de identificación fiscal (RIF) que posee 10 dígitos.
Registro de Información Tributaria de Tierras (RITTI): es el registro que debe poseer toda persona propietaria de tierras ( bien sean publicas, privadas o rurales). Funciona de manera muy parecida al RIF ya que se utiliza para el control de los contribuyentes; mas sin embargo cabe destacar que solo los poseedores de una cantidad mayor de 15 hectáreas de tierra contribuirán al estado.
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